La iniciativa del centenario de la OIT: A propósito de la Nota Nº 6 sobre el Cooperativismo en un mundo del trabajo cambiante

Hoy cobra mayor relevancia y vigencia el principio declarado en la vigésima sexta reunión de la Conferencia Internacional celebrada en Filadelfia en 1944, según el cual “el trabajo no es una mercancía”.

Por:Andrés Raúl Camargo Rodríguez Jue, 12/21/2017 - 14:17
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Foto tomada de la página web de la OIT

Conmemoración del centenario: las siete iniciativas

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) se prepara para cumplir su primer centenario en 2019, y al igual que en la época de su fundación, afronta desafíos de máxima relevancia universal. El contexto actual, que se caracteriza por diferentes realidades que impactan severamente el mundo del trabajo, demanda la existencia de un sistema normativo que, al igual que en su inicio, propenda por la humanización de la prestación de los servicios en el nivel global, y permita lograr un marco de justicia social en la distribución de los réditos que se producen en el marco de la actividad productiva. Hoy, el principio declarado en la Vigésimo sexta reunión de la Conferencia Internacional celebrada en Filadelfia en 1944, según el cual “el trabajo no es una mercancía”, cobra mayor relevancia y vigencia.   

Los acontecimientos de máxima visibilidad asociados a la celebración de los 25[i], 50[ii] y 75[iii] años de existencia de la Organización, han generado expectativas importantes por parte de diversos actores de la comunidad internacional de cara a la celebración del centenario. Ello resulta patente, si se tiene en cuenta que la OIT es la agencia más antigua de aquellas que integran el sistema de Naciones Unidas, y que, más allá de trabajadores, empleadores y gobiernos, su mandato convoca a todos aquellos interlocutores involucrados en cuestiones sociales.

El actual Director Guy Ryder, en su primer informe presentado en el año 2013[iv], expresó su intención en renovar el compromiso tripartito como una forma de enfrentar los actuales desafíos, e invitó a los miembros a centrar la acción institucional hacia un conjunto de áreas estratégicas. El futuro del trabajo, el fin de la pobreza, las mujeres en el trabajo, el desarrollo sostenible, las normas internacionales del trabajo, las empresas, y la gobernanza[v], han adquirido un rol central en las actuales discusiones.

Así, desde 2013 se viene desarrollando la discusión en torno a cada uno de estos ejes temáticos bajo el sello de “iniciativas”.

La iniciativa relativa al futuro del trabajo

Esta iniciativa se centra en la discusión global del impacto que producen aquellas transformaciones asociadas al futuro del trabajo. El Director de la Organización invitó a los gobiernos nacionales a tomar parte de esta gran conversación cuya fase de ejecución tuvo lugar entre 2016 y 2017, con una participación total de 168 Estados miembros. En general, los participantes adelantaron iniciativas locales que permitieron un amplio diálogo social en áreas sensibles en este ámbito. Un resumen sobre los informes presentados fue publicado en septiembre de 2017 bajo el título “síntesis de los diálogos nacionales sobre el futuro del trabajo”[vi], en el que se explica el diseño del debate a partir de cuatro grandes conversaciones[vii].

Dentro de ese contexto, la Organización viene expidiendo una serie de notas informativas sobre temas diversos con la finalidad de brindar una visión general sobre áreas claves e incentivar el debate en torno a materias de relevancia global, regional y nacional.

Hacia un futuro cooperativo

La Nota informativa No. 6 fue publicada el 16 de marzo de 2017[viii]. Su objeto es difundir la noción de Cooperativas como herramienta de contención frente a los recientes desafíos que se suscitan cada vez con mayor velocidad en el mundo del trabajo.

La OIT ya se había ocupado de este tipo de organizaciones. En ese sentido se adoptó la Recomendación 193 de 2002. En el vocabulario institucional, se entiende como tal aquellas asociaciones autónomas constituidas voluntariamente por individuos, con el fin de satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales en común a través de una empresa de propiedad conjunta, y de gestión democrática[ix][1].

El marco a través del cual se analiza la cuestión en la Nota Informativa es el de los ejes de cambio.  La Organización ha expresado su preocupación sobre diversos acontecimientos que impactan en la regulación del trabajo, y los ha agrupado en cuanto a la materia, identificando aquellos más problemáticos. Así, la desaceleración en términos de crecimiento, la no recuperación de los niveles anteriores a la crisis,  la existencia de problemas de financiación en ciertos esquemas de protección social, y la ausencia de satisfacción de estándares de trabajo decente para todos los individuos en el contexto económico; el envejecimiento de la población y la necesidad creciente de inserción de jóvenes en los mercados laborales en el plano demográfico; y la desaparición de puestos de trabajo y la demanda creciente de otras habilidades como consecuencia de los cambios tecnológicos y ambientales, son expresiones de esas problemáticas.

En concreto, el documento recoge algunas expresiones de cooperativismos a través de los ejes de cambio, y provee una visión de conjunto del rol que, a partir de diferentes experiencias, han desempeñado estas organizaciones para enfrentar los retos más recientes.

En el terreno económico, por ejemplo, las cooperativas que prestan servicios financieros han demostrado indicadores positivos de desempeño en comparación con otros proveedores de servicios del sector como consecuencia de una conjunción de factores. Adicionalmente, se reporta la existencia de casos en los que estas contribuyen al desarrollo de modelos emergentes de economía social[x] y permiten visibilizar nuevas dimensiones del Derecho de Asociación. Así, hoy es posible identificar grupos de trabajadores que ejercen la administración de cooperativas y empresas, o de sindicatos patrocinados por cooperativas.

En el plano tecnológico, el informe destaca la existencia de plataformas cooperativas on-line, esto es, de propiedad y sometidas al control de los trabajadores que derivan su sustento de aquellas.

En el ámbito demográfico, las cooperativas constituyen una alternativa de organización de los trabajadores informales vinculados al cuidado de personas logrando mejoras considerables en la protección de derechos fundamentales y de otros asociados al ámbito laboral. De allí surgen nuevas manifestaciones organizativas como las Cooperativas multilaterales de trabajadores[xi],  que crean escenarios deliberativos en los que toman parte trabajadores, beneficiarios, familias, y otros interesados a la ejecución de estas tareas.  También se resalta la idea de las cooperativas como mecanismos de ingreso a los mercados laborales por parte de migrantes y refugiados.

En el plano de los cambios ambientales, las cooperativas cumplen la misión de apoyar a los miembros que ejecutan actividades con relevancia ambiental en el ámbito de la formalización laboral, entrenamiento, y promoción de seguridad y salud en el trabajo.

Finalmente, la Nota identifica una serie de problemas claves relacionados con el régimen regulatorio, financiero, institucional, en los sistemas de información, o referidos al enfoque excesivamente local en la práctica de este tipo de Organizaciones.

Conclusiones. Un mundo de oportunidades

La iniciativa sobre el futuro del trabajo pretende establecer, a partir del diálogo social, mecanismos que permitan contrarrestar los efectos que, en un entorno cambiante, impactan el mundo laboral. Los mayores desafíos se pueden agrupar en cuatro grandes ejes: la economía, la demografía, le tecnología y el medio ambiente. El cooperativismo provee soluciones innovadoras para enfrentar dichas transformaciones.

Estas nuevas manifestaciones y expresiones asociativas, resultan particularmente interesantes para los trabajadores, en un ambiente general de debilitamiento del poder negocial como consecuencia del descenso de los niveles de afiliación asociado a la descentralización de la producción, a la fragmentación de los procesos productivos, y a otras dinámicas que amenazan la labor de contención que estos ejercen frente a la supremacía del poder económico.

En primer lugar, la convergencia de fines sociales entre organizaciones sindicales y cooperativas, así como la existencia de razones pragmáticas, constituye un facilitador de alianzas entre ambos tipos de organizaciones. La provisión de servicios a los trabajadores (recreación, servicios financieros, educación) con la apropiación, para sí, de los beneficios producidos, junto con el crecimiento correlativo del capital social, son apenas un ejemplo de ello.

En segundo lugar, la relación de casos en los que el cooperativismo promueve mejores condiciones en el ámbito de contratos de trabajo estándar, y garantiza la protección mínima en contextos de informalidad o de contratos no estándar (vr. gr., trabajadores vinculados al servicio de cuidado), merece cuando menos atención regulatoria, debido a la obligación que tienen los Estados de promover condiciones de trabajo decente.

De otra parte, la emergencia de plataformas virtuales en escenarios no regulados (particularmente en el sector de transporte) ha sido una amenaza innegable a la paz social. El uso de plataformas cooperativas constituye una respuesta coordinada por parte de sectores organizados, frente a estas nuevas formas de competencia. En un claro escenario de carrera hacia el abismo, la colectividad demanda acción estatal que, aun cuando contundente, sea coherente con la ideología económica. La experiencia documentada permite encontrar vías para superar estos fenómenos.

Algunos interrogantes subyacen en el plano del régimen jurídico internacional. La relación entre cooperativismo y tripartismo, ¿cuál es la posición que corresponde a los representantes del sector cooperativo en la noción de tripartismo, debido a la conjunción de intereses de uno y otro estamento en estas entidades?; o la de cooperativismo y flexibilidad, ¿pueden los Estados cumplir con las obligaciones derivadas de convenios a través del fomento al cooperativismo?, son cuando menos, problemáticas.

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Referencias:
[i] El 10 de mayo de 1944, la OIT adoptó la Declaración de Filadelfia que redefinió sus fines y objetivos. Disponible en: http://www.ilo.org/legacy/spanish/inwork/cb-policy-guide/declaraciondefiladelfia1944.pdf
[ii] El 10 de diciembre de 1969, la OIT fue galardonada con el Premio Nobel de la Paz como reconocimiento por la promoción y defensa de la justicia social como un componente esencial para la paz universal (Ver Premio Nobel de la Paz 1969. Organización Internacional del Trabajo. Ginebra, Suiza. Disponible en: http://staging.ilo.org/public/libdoc/ilo/1969/69B09_195_span.pdf
[iii] En el marco de la 81ª reunión de la Conferencia Internacional celebrada en 1994, Michael Hansenne presentó el informe “preservar los valores, promover el cambio” (1994) que sentó las bases para la “Declaración de Derechos y principios Fundamentales en el Trabajo” segunda declaración de principios y políticas de gran alcance de la Organización.
[iv]Ante el centenario de la OIT: realidades, renovación y compromiso tripartito”. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_214106.pdf
[v] Para una perspectiva general de las iniciativas, ver: http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/history/centenary/lang--es/index.htm
[vi]. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---cabinet/documents/publication/wcms_591507.pdf
[vii] Las discusiones se articulan a partir de los siguientes ejes: i) Trabajo y sociedad, ii) Trabajo decente para todos, iii) Organización del trabajo y producción y iv) Gobernanza del trabajo.
[viii] La versión íntegra de la nota se encuentra disponible en: http://www.ilo.org/global/topics/future-of-work/WCMS_547459/lang--en/index.htm
[ix] Numeral 2, Recomendación 193 de 2002. Organización Internacional del Trabajo (OIT).
[x] En este punto, la nota hace referencia a banca ética, cooperativas financieras, bancos de desarrollo comunitario, presupuestos participativos (p. 3).
[xi] El anglicismo empleado es “multistakeholder care cooperatives”.